Actualizo a las 17:27: Mientras me daba una merecida ducha previa a salir a por tabaco, me he dado cuenta de que el ejercicio de repaso de esta Declaración, hecho con una cierta rabia en una tarde dominguera, merece una revisión. Así que me apunto aquí que la haré, con más cariño y detalle, un día de estos.
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Quien no lo conociera, ya ha tenido la ocasión, si lo ha deseado, de leer la Declaración Universal de Derechos Humanos.Como toda obra humana, es susceptible de crítica. A mi hay cosas que no me gustan en ella. Y como toda obra humana, responde a un tiempo y a un entorno. Y en ocasiones se le nota.
Pero es lo que hay. Y hay que reconocer que no es una mala base. No es un mal espejo ante el que situar los hechos.
Y en una segunda lectura, he ido colocando algunas reflexiones (cabreos) que me vienen a la mente hoy desde aquí.
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Esa definición de que los seres humanos nacen libres e iguales se sitúa más allá de lo que una colectividad pueda decidir "democráticamente". No vale que lo que la mayoría decida cuando se afecta a los derechos. Esto es algo que nuestros políticos, llenos como están de autocomplacencia, tienden a olvidar. Puede parecer una declaración religiosa y, en cierto sentido, lo es.
Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Vaya, esto parece significar que se puede ser del PP sin perder derechos. O no nacionalista sin perjuicio. E, incluso, que se puede no creer en el Al Goran. Esto promete. Como veremos mas adelante, esa universalidad se compadece poco con la realidad.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Coñe, coñe. Diríase que con esto se pretendde significar que los homosexuales en Irán tienen los mismos derechos que cualquier otro ser humano. O, quien dice éstos, dice los cubanos no castristas. O los vascos no nacionalistas. Incluso los catalanes.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Es verdad que no dice que el derecho no se lo puedan quitar; pero si llegamos al final (o lo hemos leído antes) veremos que se niega el derecho de los Estados (incluso me atrevo a decir, de las comunidades autónomas) a quitarlos.
Se encuentra a faltar una definición de esos derechos, pero qué se puede esperar de una organización incapaz de definir el terrorismo.
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Esto, unido al capítulo sobre el matrimonio, deja en bastante mal lugar a la política migratoria (llamémosle así).
No es un secreto que mafias de diversos tipos están traficando con seres humanos, bien sea a través de las redes de prostitución, bien sea a través de las redes de inmigración ilegal. Las políticas para combatir estos regímenes de esclavitud han brillado por su ausencia.
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Los amigos de Setién y Uriarte han seguido denunciando torturas. Bien es cierto que tienen órdenes de hacerlo y que no ha habido médico capaz de certificarlas.
Por contra sí se han certificado los tratos crueles, inhumanos y degradantes que, desde las administraciones nacionalistas (y otras que no lo son) se han realizado contra ciudadanos por el mero hecho de no plegarse.
Es cruel, inhumano y degradante el negarse a atender a un enfermo en su lengua, cuando ésta se conoce.
También lo es la persecución de los no nacionalistas en la comunidad vasca o en la catalana. Valgan como ejemplo las amenazas a Otaola o los intentos de agresión a Acebes en Martorell. Y son sólo casos públicos en personalidades relevantes.
Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Esto no deja de ser gracioso, si pensamos en toda la legislación organizada para evitar que los ciudadanos podamos actuar. Únicamente se reconoce sin trabas esa personalidad jurídica a la hora de pagar impuestos. Ahí si.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Todos iguales ante la Ley. Y si la ley no nos gusta, se reinterpreta en beneficio de banqueros y albertos.
Todos tienen derecho a igual protección; pero las oficinas de delación lingüística sólo están para apoyar la imposición del catalán y la exclusión del castellano.
El derecho a usar una lengua oficial en Cataluña se niega con argumentos ad hominem: fachas españolistas, que, desde una administración, son claramente un trato degradante hacia la persona.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Aquí he de callarme, porque no dice que las sentencias deban de cumplirse, ¿verdad Montilla?.
Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Podrá, podrá.... deberís decir "nadie deberá" porque por poder aún recordamos algunos a los dos militantes del PP acusados de agredir a Bono. O a los detenidos a raiz del 11M sin que se haya podido entender el por qué de tales detenciones.
También es lugar de recordar las detenciones por peligrosidad predelictiva acaecidas en Cuba. Y el silencio ominoso de nuestro gobierno.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Tribunales independientes e imparciales. Jueces elegidos por los políticos. Espectáculo mafioso de renovación del Consejo del Poder Judicial. La vicepresidenta abroncando a la presidenta del Tribunal Constitucional. El gobierno de la comunidad vasca amenazando a los jueces. Suspiros de España.
Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
Conspiranoia pura. ¿O no?
El derecho a la presunción de inocencia desaparece en el 11M. Todo está claro y es sabido, aún antes de ser probado ante un tribunal. Que, por cierto, finalmente no avala esa presunción de culpabilidad.
El derecho a la presunción de inocencia desaparece cuando Bono insiste en que fué agredido sin que haya podido demostrarlo ante un tribunal.
En fin, ese derecho desaparece cuando los jueces sólo responden ante los políticos. Porque todo ser humano es humano (algunos mas que otros) y, al final, lo que importa es quien manda.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Aquí si que estamos bien. Incluso nos pasamos. Todo por el delincuente. Todo lo que sea dotar de más derechos al delincuente convicto y confeso estará bien. A fin de cuentas ¿no es una víctima de todos nosotros?
Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Bueno, bueno, bueno, bueno.... Al presidente de la AVT le tocó la lotería cuando mataron a su hermano y sobrinas (sobreseído). Al de Endesa lo seguían policías fuera de servicio (¿?). Control de Internet.
Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
Si tiene nivel C.
Eso no es tan malo como no poder salir de Cuba, está claro.
Tampoco es tan malo como morir de hambre en Corea del Norte, ciertamente.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Excepto los cubanos, Salman Rushdie, Ayaan Hirsi Ali y otros cuantos desaprensivos, debería decir.
También podríamos añadir que todo vasco o catalán tiene derecho a irse si no es nacionalista. Y a regresar, si lo hace de rodillas y con los títulos en regla.
Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
A riesgo de hacerme pesado, seguiré insistiendo en el compromiso de nuestro gobierno en el apoyo a los cubanos perseguidos por sus ideas políticas.
O podríamos hablar de la venta de los saharauis. Aunque esto no se aplica porque, al ser aún españoles, ya que no se ha producido la descolonización, no, claro, no vale.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
Pues si.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Esto me ha ilusionado. Abre las puertas a que, el día que nos convirtamos en restoxpañoles, podamos pedir la nacionalidad portuguesa, useña o sarkoziana.
Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
Esto es un problema.
Si los derechos han de ser los mismos ¿cómo se come la discriminación positiva? ¿cómo se come la discriminación?
Lo malo de algunos de estos derechos es que carecen de la fuerza para ser invocados y defendidos.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
Lo cual quiere decir que no esta bien que se venda a una cría para que se case con uno al que no elige sin su consentimiento.
¿Cómo compaginaremos esto con el respeto a la "diversidad cultural"?
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Genial.
Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
La propiedad es un robo. ¿Suena?
El gobierno catalán ha aprobado una ley que dice que, si eres propietario de una casa y no la habitas y no la alquilas, te la pueden quitar.
La memoria histórica (tan selectiva ella) nos ha hecho olvidar que el derecho a la propiedad de los estafados por a PSV de UGT fué violado y que, en un alarde de igualdad ante la ley, se ha permitido a UGT posponer los pagos a la vez que, con unos certificados de propiedad mas bien dudosos, se le ha indemnizado por el patrimonio expropiado por Franco por un valor equivalente a lo que debñian de pagar. Con el dinero de todos. Con nuestra propiedad.
Ese mismo dinero de todos, nuestra propiedad, que se regala a los "artistas" amigos del poder.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Hay formas y formas.
Una es robarte. Otra expropiarte. Otra, matarte a impuestos para pagar los viajes de los ministros, o las pensiones de los políticos.
Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Mal vamos.
Ese derecho sólo se aplica en el asqueroso occidente, donde un país que condena a muerte por la enseñanza o practica de una religión no oficial puede construir mesquitas a porrillo desde las que se llame a la ejecución de homosexuales o a disciplinar a palos a las mujeres. Sólo en occidente, cuando se publica eso, se ataca al mensajero por cultivar el odio y no al emisor de esos mensajes.
Que son ustedes unos islamófobos, coñe.
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Seguro que este artículo es un bálsamo para Alcaraz.
También lo será para los denunciados (que no demandados) por el Sindicato ese de la policía.
Y para los bloggers de China, Irán y otros paraísos de la libertad y el progresismo.
Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Incluso los maulets en el mismo sitio y a la misma hora, deben de pensar nuestras autoridades que jamás han intervenido preventivamente para garantizar ese derecho y sí lo han hecho para lamentar la "provocación" que supone mantener posiciones "sin seguir al abanderado".
Y es que es tan facha no ser fiel a la línea.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Pues a mi que esto me ha llamado la atención.
Resulta que estoy obligado a pagar a la Cámara de Comercio por ser autónomo. Esa misma Cámara que pide el cierre de webs antinacionalistas y no se inmuta cuando Omnium pide el boicot de los productos que no siguen sus dictados.
También estoy obligado a pagar a los sindicatos, aun sin pertenecer a ellos. Y a pagar a los ramoncines, victormanueles y demás joyas del arte aún sin querer disfrutar de su arte.
Quizás eso no sea como obligarte a tener el carnet del partido, pero la pela es la pela.
Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
Pues si. Y los políticos creen que tienen el derecho de ponernoslo todo lo difícil que sea posible.
Se van cuando se presenta una Iniciativa Popular.
Nos obligan a pasar por listas cerradas.
No nos permiten expresarnos en referendums como en otros paises.
Es lo que tiene el creer en los ciudadanos.
2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
Si hay que tomarselo por el nivel de preparación de nuestros políticos, estamos en cabeza. Sin duda.
Si hay que tomárselo en serio, pensar que es más importante el catalán que cualquier otra cosa para ser médico, funcionario, letrado, profesor, etc. es para temblar.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Eso parece que podría llegar a significar, supuestamente, en un caso hipotético, que el ir a votar en medio de una manada de proetarras vociferantes mientras la policía piiiii no está bien. Que quizás en un poquitín incorrectito.
Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Y que hacemos cuando Solbes nos dice que nos olvidemos de cobrar nuestras pensiones y que nos hagamos un plan privado?
Y que hacemos cuando el gobierno se gasta nuestro dinero en inventarse una historia? O en comprar libros en catalán para poder decir que se venden y almacenarlos en un almacén (normal, los almacenes estan para eso)?.
Artículo 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Ahí te quería ver yo.
Los autónomos no tenemos derecho al desempleo, pero los príncipes sí tienen derecho a cobrar por hijo. ¿Y ahora qué?
¿Qué ocurre cuándo ves a gente que prefiere vivir del paro que trabajar?
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
En cambio, preferimos medir los ingresos por sexo, sin reparar en si la dedicación es la misma o lo es la responsabilidad. Por ejemplo.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
Este es un caso de buenismo típico.
¿Se supone que el estado tiene recursos infinitos? ¿De donde sale el dinero?
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Y a no seguir a los sindicatos de partido, claro.
Y a no pagar si no lo desea.
Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Ahí te quería ver yo, de nuevo.
Los autónomos no tenemos derecho a vacaciones pagadas.
¿Y ahora qué?
Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
Pues si.
Y también tiene derecho a exigir que su contribución vaya a quienes honestamente colaboran en el proyecto comñun y no a quienes se niegan a hacerlo. ¿O no?
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Ya hemos comentado que los niveles de ayuda a la familia, a la maternidad y a la infancia en nuestro pais, comparado con paises similares en bienestar, son ridículos.
Artículo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
No está mal que se hable de méritos.
El problema de la gratuidad es que la pagamos todos. Osea, no existe.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
A mí con que les enseñen a leer y a escribir, a sumar y a restar, con un canto en los dientes.
Dicho eso, si esos valores de respeto a los derechos y libertades, se traducen en la animalización del judio (ver palestina), en la criminalización de occidente (ver EpC) y en otros adoctrinamientos tribales, mejor que nos dejen en paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Aquí es dónde estamos mejor en Cataluña y Restoxpaña. Sin duda.
Como todo el mundo sabe, por encima de la preferente está la primera división y ahñi sólo juegan los políticos.
Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
El estatuto de Cataluña dice claramente que todos estamos obligados a contribuir a la crewaxión de la nación. Así que vayan cambiando esto.
Respecto a lo del progreso científico, hay que excluir a los negros del Africa, que es mejor que se queden como están para que podamos ayudarles y como ejemplo claro de nuestra decidida apuesta por la diversidad.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Toda persona, dice. No sólo los amigos. Todos.
Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Eso si, sin entrar en guerras. KK.
Vamos a convencer a Castro y Ahmadineyad. Vaaaa, vengaaaaa, enrrolate tio, que no ves que es de mal rollo?
Gilipolleces aparte. Toda persona tiene derecho a que todas las gentes de bien le ayuden. El iraní ahorcado por homosexual, la pakistaní violada por adúltera.
Que no podemos hacerlo todo en un día es obvio, pero que sólo con la lucha diaria y con la defensa de cada espacio de libertad se avanzará, tambien lo es. Y que, al final habrá que combatir como sea necesario a todos los restos del mal no admite dudas. No hay convivencia posible.
Artículo 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
Deberes! palabra maldita en Restoxpaña excepto para los contribuyentes.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
Si ése es el unico din de la ley, deberemos de convenir en que nos sobra la mitad de nuestro ordenamiento legal. Lo que sería un gran éxito.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Como se ve, ya en aquellos tiempos, se sabñia de la capacidad de los políticos para tergiversar las cosas y hacerlas pasar por lo que no son.
Bendita inocencia!
Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Como si lo necesitaran













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